Impuestos, obligaciones y derechos, opciones de desarrollo… Muchos de los aspectos más importantes en la gestión de un proyecto empresarial dependen de los tipos de sociedades mercantiles.
Un mismo proyecto comercial puede abordarse de diferentes modos, pero su potencial para crecer y tener éxito reside, en gran parte, en la elección de una estructura legal. ¿Qué capital inicial quieres invertir? ¿Cuál será tu número de socios o de empleados? ¿A qué impuestos estará sujeto tu negocio?
La respuesta a esta y otras muchas cuestiones legales está en los diferentes tipos de sociedades mercantiles.
En este artículo encontrarás información detallada sobre las estructuras legales de un negocio en España en 2025 y sobre cómo aprovechar las ventajas que ofrece cada una de ellas.
¿Qué son las sociedades mercantiles?
A la hora de emprender un proyecto empresarial en cualquier país, lo primero que deberás plantearte es la estructura legal que le quieres dar a tu negocio. Este primer paso en la constitución de una empresa es fundamental, ya que aquí se establecen los derechos, responsabilidades y obligaciones fiscales de tu negocio.
Los tipos de sociedades mercantiles son formas jurídicas que recogen las diferentes estructuras legales disponibles para el desarrollo de una actividad económica, desde una pequeña empresa familiar hasta una gran corporación multinacional o una tienda online.
En función de la opción que escojas, deberás cumplir con determinados requisitos durante el proceso de constitución, como capital inicial, número de socios o rol de cada socio, según corresponda.
Los tipos de sociedades mercantiles también definen las obligaciones tributarias de una empresa, y no debes perder de vista que existen diferentes tipos de impuestos para cada una de ellas.
Sociedades mercantiles: alternativa al trabajo autónomo
Las fórmulas societarias son una alternativa al trabajo en régimen de autónomo. Desde el punto de vista legal, la principal diferencia es que un autónomo es una persona física y una sociedad mercantil o comercial es una persona jurídica.
- Las personas físicas son aquellas que realizan su actividad de forma independiente (con o sin empleados a su cargo), tributan por el IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) y responden a las deudas con todo su patrimonio.
- Las personas jurídicas son empresas que se constituyen bajo algún tipo de sociedad mercantil (anónima, limitada, comanditaria…). Como norma general, tributan por el IS (impuesto de sociedades) y, en muchos casos, los socios tienen responsabilidad limitada en caso de deudas, respondiendo solo con los bienes afectos al negocio.
¿Es más conveniente una fórmula que otra? No, simplemente es cuestión de lo que más te convenga para poder desarrollar tu proyecto empresarial con mayores garantías. Este análisis detallado de los tipos de sociedades mercantiles en España aclarará todas tus dudas y te ayudará a tomar la decisión más adecuada.
¿Qué tipos de sociedades mercantiles son los más comunes en España?
¿Tienes intención de establecer tu negocio en España? Aquí tienes un listado con los diferentes tipos de sociedades mercantiles existentes en el marco jurídico español, las condiciones para su constitución, las características básicas de su estructura y las ventajas y desventajas de cada modelo.
Sociedad de responsabilidad limitada
Una Sociedad de responsabilidad limitada (SRL o SL) es una forma jurídica en la que, como su nombre indica, la responsabilidad de los socios está limitada al capital que aportan para la constitución de la empresa.
Se rige por la Ley de Sociedades de Capital y, con asesoramiento legal, se puede constituir en apenas 48 horas. Otra de sus particularidades es que no necesita un número mínimo de socios: un único socio puede constituir una SL, que en este caso recibiría el nombre de Sociedad de responsabilidad limitada unipersonal (SRLU o SLU).
- Capital social mínimo: 1 € (conforme a la Ley Crea y Crece). Sin embargo, el límite de responsabilidad social es de 3.000 € para cada socio.
- Requisitos de constitución: otorgamiento de escritura pública ante notario e inscripción en el Registro mercantil.
- Número de socios y de empleados: mínimo de 1 socio y sin límite mínimo o máximo de empleados.
- Impuestos: las SL tributan por el IS.
- Ventajas: rapidez y facilidad en la constitución, con un capital inicial mínimo y gran flexibilidad.
- Desventajas: prioridad de los socios en la transmisión de participaciones en la empresa, lo que puede ser un impedimento para captar nuevos inversores.
- Tipo de sociedad recomendada para… Grupos pequeños de emprendedores que buscan iniciar su proyecto empresarial con una estructura sencilla, asequible y fácil de gestionar.
Sociedad anónima
En el ranking de tipos de sociedades más utilizados en España, la Sociedad anónima (SA) ocupa el segundo lugar, justo por detrás de las SL.
En este caso, las participaciones de los socios se dividen en acciones fácilmente transmisibles a otros inversores (accionistas). Esto permite que un mayor número de personas pueda participar en ella y, en consecuencia, disponer de un mayor capital.
- Capital social mínimo: 60.000 €, debiendo desembolsar al menos un 25 % de dicha cantidad en el momento de la constitución ante notario.
- Requisitos de constitución: otorgamiento de escritura pública e inscripción en el Registro mercantil.
- Número de socios y de empleados: a partir de 1 único accionista (Sociedad anónima unipersonal o SAU) y sin límite mínimo o máximo de empleados.
- Impuestos: durante los dos primeros ejercicios con resultados positivos, las SA de nueva creación tributan por el 15 % de sus beneficios. A partir de ahí, tributan por el 25 % de sus beneficios.
- Ventajas: facilidades para la transmisión de acciones, posibilidad de cotizar en bolsa y flexibilidad para hacer crecer el capital de la empresa.
- Desventajas: el proceso de constitución es mucho más lento, caro y complejo que el de una SL. Su gestión es también más exigente, por lo que tiene un coste superior.
- Tipo de sociedad recomendada para… Empresas grandes y en expansión que necesitan ampliar su estructura y su forma de financiación para seguir creciendo.
Sociedad colectiva
En esta modalidad de forma jurídica, los socios participan activamente en el desarrollo de la empresa: no solo aportan su capital, sino su trabajo, y además se encargan de la gestión directa de la empresa.
De esta particularidad se deriva que la responsabilidad en una Sociedad colectiva (SC o SRC), sea ilimitada y, además, solidaria. Es decir, los socios responden unos por otros en el caso de que la sociedad tenga deudas.
Como curiosidad, este tipo de sociedades deben incluir en su denominación el nombre de uno de los socios y las palabras “y Compañía” (o “y Cía.”).
- Capital social mínimo: sin capital legal mínimo.
- Requisitos de constitución: está regulada por el Código de Comercio, y se constituye mediante otorgamiento de escritura pública y tras su inscripción en el Registro mercantil.
- Número de socios y de empleados: mínimo de 2 socios y sin límite de empleados.
- Impuestos: tributan por el IS.
- Ventajas: gestión rápida, sencilla y directa de la empresa, sin grandes costes para su constitución.
- Desventajas: responsabilidad personal, ilimitada y solidaria de los socios, así como dificultades para la ampliación de capital.
- Tipo de sociedad recomendada para… Empresas pequeñas en las que existe un alto nivel de confianza entre los socios.
Sociedad comanditaria
En una Sociedad comanditaria o en comandita (S. Com o S. en C.) se distinguen 2 tipos de socios: los socios colectivos, que gestionan la sociedad y son responsables de sus deudas (responsabilidad ilimitada), y los socios comanditarios, que no participan en la gestión de la sociedad y que solo tienen responsabilidad conforme al capital aportado.
Estas aportaciones de capital pueden hacerse de 2 formas: simple, mediante las aportaciones directas de los socios comanditarios y los colectivos, o dividiendo el capital en acciones (sociedad comanditaria por acciones).
- Capital social mínimo: 60.000 €, desembolsando el 25 % en el momento de la constitución.
- Requisitos de constitución: escritura pública que identifique el rol de cada socio e inscripción en el registro mercantil.
- Número de socios y de empleados: mínimo de 2 socios y sin restricciones en el caso de los empleados.
- Impuestos: tributan por el IS, pero existen ciertas particularidades en cuanto a la tributación según la participación de los socios y de los beneficios repartidos.
- Ventajas: es una estructura flexible que permite integrar diferentes fuentes de capital sin que los nuevos socios participen en la gestión.
- Desventajas: los socios no comanditarios no tienen voto en la gestión de la empresa y los comanditarios tienen responsabilidad ilimitada.
- Tipo de sociedad recomendada para… Empresas que desean atraer capital facilitando el ingreso de nuevos socios, pero manteniendo el control de la gestión del negocio.
Otros tipos de sociedades especiales en España
Fuera de las formas jurídicas más extendidas, existen otros tipos de sociedades en España que, por lo general, se constituyen con un objetivo determinado, como necesidades específicas de un sector, colaboraciones empresariales o participación en ciertos mercados e industrias (p. ej., educación, agricultura, minería, etc.).
Entre los tipos de sociedades especiales más comunes en España, destacan:
Sociedad limitada laboral
Comparte muchas de las características de una SL tradicional, pero su principal particularidad es que, en este modelo de sociedades, al menos el 51 % del capital debe ser propiedad de sus trabajadores, y estos deben tener un contrato indefinido.
Para la constitución de una Sociedad limitada laboral (SLL o SRLL) es necesario un capital mínimo de 3.000 € y al menos 3 socios, sin número máximo de empleados.
No obstante, los trabajadores no socios no pueden superar el 45 % de las horas de trabajo que realizan los socios trabajadores. Muchas empresas utilizan esta fórmula cuando buscan una mayor implicación del trabajador con el proyecto.
Sociedad cooperativa
Al igual que en las alternativas colectivas y comanditarias, la Sociedad Cooperativa (S. Coop) implica cierto nivel de participación y colaboración de los socios, tanto en la financiación de la empresa como en el trabajo y la gestión. Todo ello también se ve reflejado en el reparto de beneficios.
Sin embargo, la responsabilidad de los socios de una S. Coop. está limitada a sus aportaciones de capital y existe una mayor democratización en el proceso de gestión de la empresa (un socio, un voto).
El capital mínimo y el número de empleados se establece libremente en los estatutos, pero el número de socios debe ser siempre un mínimo de 3. Es la alternativa empresarial preferida de quienes apuestan por un modelo de gestión basado en la equidad y en la participación colaborativa.
Agrupación de interés económico
Muchas de las particularidades de su gestión deben aparecer recogidas en los Estatutos de la agrupación, como sucede con las sociedades corporativas. Sin embargo, no gozan de los mismos beneficios fiscales que las S. Coop., y la tributación por los beneficios se imputa a los socios, no a la empresa (aunque tributa por el IS).
La agrupación de interés económico (AIE) es una modalidad jurídica orientada a impulsar la actividad económica de sus socios que, al contrario que en las cooperativas, pueden desarrollar otras actividades complementarias. La responsabilidad de los socios es solidaria, pero limitada.
¿Quieres profundizar en los tipos de sociedades mercantiles en España? La Plataforma PYME ofrece una herramienta muy fácil de usar en la que puedes conocer de forma sencilla todos los tipos de sociedades mercantiles existentes en España (incluidas las menos frecuentes) y acceder a toda la información más destacada.
¿Cómo escoger el tipo de sociedad más adecuado para tu empresa?
El marco legal y tributario español presenta ciertas dificultades. Por eso, lo más recomendable a la hora de emprender es buscar asesoramiento especializado en tu área de interés: ecommerce, ventas internacionales, tiendas físicas, negocios de restauración, etc.
No obstante, disponer de algunas nociones básicas te ayudará a tomar decisiones mejor informadas sobre cómo deberías plantearte tu proyecto empresarial.
Ahora que ya tienes una idea general de los tipos de sociedades que puedes escoger para formalizar tu empresa, te vendrán genial estos consejos para escoger la estructura que mejor se ajusta a tu idea de negocio, a su gestión y a su financiación.
Estudia las implicaciones legales y fiscales
Ya habrás visto que no todos los tipos de sociedades tienen el mismo tratamiento fiscal. Piensa en si te beneficiaría más tributar por el IRPF o por el IS conforme a tus previsiones financieras.
Al tributar por IRPF, los impuestos recaen sobre los beneficios de los socios y los accionistas, mientras que tributando por el IS se paga por los ingresos de la sociedad (aunque esto pueda tener repercusiones en socios y accionistas).
Evalúa tu capacidad para asumir ciertos riesgos
La responsabilidad limitada es un plus, pero también puede lastrar la capacidad de crecimiento de tu empresa. ¿Estás en disposición de asumir ciertos riesgos?
Si tu proyecto dispone de suficiente solvencia y tienes el temperamento necesario para sobrellevar con serenidad los posibles contratiempos financieros, tal vez te interese apostar por tipos de sociedades en los que asumes una mayor responsabilidad en caso de que las cosas se tuerzan.
En el emprendimiento, el riesgo cero no existe, pero deberás valorar qué tipo de contingencias eres capaz de afrontar.
Plantéate tu papel en la gestión de la empresa
¿Quieres participar activamente en las decisiones de la empresa o prefieres adoptar un papel secundario? Tal vez tienes una idea de negocio estupenda, pero solo te interesa aportar capital sin asumir ninguna responsabilidad.
Sin embargo, si se trata de un proyecto muy personal, es posible que prefieras aportar tu dinero, tu trabajo y tus opiniones. Estudia las opciones que ofrece cada tipo de sociedad en función del grado de implicación de los socios.
Analiza las diferentes opciones de financiación
Uno de los aspectos clave en el crecimiento de una empresa es la entrada de nuevo capital. Esto se puede conseguir con nuevas aportaciones de los socios, con la salida a bolsa, con subvenciones o con la transferencia y ampliación de acciones.
Pero cada tipo de sociedad plantea este paso de diferentes maneras que afectan de forma particular a su fiscalidad. Por lo general, las opciones más flexibles son también las que conllevan ciertos riesgos. Una vez más, deberás encontrar el equilibrio que más te conviene.
Piensa en el futuro de tu negocio y en su escalabilidad
Si tienes claros tus objetivos con respecto a la empresa que vas a montar (p. ej., mantenerte dentro de un límite de empleados, trabajar sin inversores externos o garantizar una gestión sencilla y accesible), podrás enfocarte hacia un modelo legal concreto (como una SL).
Pero siempre es conveniente pensar a medio y largo plazo. ¿Cómo ves tu empresa de aquí a 5 años? Si crees que tu proyecto tiene posibilidades de escalar, o si tu objetivo desde el principio es aspirar a convertirte en un negocio más extenso, plantéate las opciones más flexibles. Por ejemplo, aunque es posible pasar de una SL a una SA, la transformación societaria es un proceso bastante tedioso que exige una gran cantidad de documentación.
Preguntas frecuentes sobre tipos de sociedades mercantiles
¿Qué es una sociedad mercantil?
Una sociedad comercial o mercantil es una forma jurídica compuesta por uno o más socios que contribuyen con su capital y, en según qué casos, con sus bienes, su trabajo y sus decisiones. Los diferentes tipos de sociedades sirven para estructurar las empresas y delimitar las responsabilidades, derechos y obligaciones de sus socios.
¿Cuáles son los principales tipos de sociedades mercantiles en España?
Los tipos de sociedades comerciales más extendidos en España son la sociedad de responsabilidad limitada (SL), la sociedad anónima (SA), la sociedad colectiva (SC) y la sociedad comanditaria (S. Com.). Pero no son las únicas formas jurídicas que puede adoptar un proyecto empresarial. También existen otros tipos de sociedades con objetivos más específicos que no se contemplan en las 4 formas más habituales, como las sociedades cooperativas, la sociedad limitada laboral o las agrupaciones de interés económico.
¿Qué capital mínimo requieren los diferentes tipos de sociedades mercantiles?
No todos los tipos de sociedades mercantiles exigen el mismo capital para su constitución. Por ejemplo, las sociedades limitadas exigen solo 1 € de capital mínimo, mientras que en las sociedades anónimas el mínimo es de 60.000 €. En el caso de las sociedades cooperativas no existe un mínimo legal, pero debe indicarse una cifra en los Estatutos.
¿Qué tipos de sociedades mercantiles son más adecuadas para un pequeño negocio?
Las sociedades de responsabilidad limitada suelen ser las más adecuadas para las pequeñas y medianas empresas, con una inversión mínima (solo hace falta 1 € de capital mínimo) y gran facilidad de gestión. Además, se pueden crear con un único socio (sociedad limitada unipersonal), tienen reducción de IS durante los dos primeros ejercicios con resultado positivo y la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado (con un mínimo de 3.000 €).